Hay momentos en los que la vida coge velocidad. Las últimas semanas han sido una locura para mí. He tenido la suerte de participar en varios eventos de lo más interesante y se ha producido una buena noticia profesional que comentaré en los próximos días. He aprovechado este tiempo para llenar la despensa con mucho material jurídico que cocinaremos y serviremos en breve.
El corredor del laberinto.
Como ya sabéis los amigos de este blog, desde hace unos años estoy desarrollando en Jausas un equipo especializado casación civil y contencioso-administrativa. Por su complejidad y exigencias formales, los recursos ante el Tribunal Supremo pueden ser un laberinto incluso para los abogados más bregados.
Sin embargo, el hiper-formalismo tiene un remedio: el conocimiento de la técnica casacional. Hace unos años, Díez-Picazo anticipaba la conveniencia de contar con “abogados perfectamente entrenados en sortear todos los escollos [1]”.
A mí esta situación me recuerda a la distopía descrita en la novela El corredor del laberinto, de James Dashner (llevada al cine en 2014). Un buen día un chico se despierta en un claro en el bosque que está absolutamente amurallado y del que no puede escapar. En él vive un grupo de adolescentes que se encuentran en la misma situación. La única vía de salida es una puerta en la muralla que conduce a un misterioso laberinto. Esta puerta se abre cada mañana y se cierra por la noche. Para sobrevivir, los muchachos se reparten las funciones que pueden hacer mejor conforme a sus habilidades naturales. Entre ellos, los corredores del laberinto tienen la misión de hacer una incursión cada día para encontrar una ruta de escape y regresar antes de que anochezca. Gracias a estas expediciones, los muchachos van construyendo un mapa del laberinto. De sus trampas y peligros. Y de sus monstruos. En estas circunstancias, el entrenamiento, la orientación y el conocimiento de los pasadizos es lo que marcará la diferencia entre la vida y la muerte.
Los nuevos casacionistas.
El reciente endurecimiento de los criterios de admisión de recursos en ambas jurisdicciones hace más necesario que nunca recuperar el antiguo oficio de los casacionistas y adaptarlo a los tiempos actuales. Este es el reto en el que he estado metido hasta las cejas últimamente. Mi equipo y yo nos entrenamos cada día para correr en el laberinto.
Así lo ven los expertos en la materia:
“[L]a nueva regulación entraña también un reto muy destacado. No solo por la evidente exigencia de adaptar su técnica casacional a los requisitos formales y materiales del nuevo modelo de recurso sino porque, tales nuevos requisitos van a demandar, como corolario necesario para la admisión de futuros escritos, un grado de implicación, coordinación, especialización y conocimiento jurídico superior al que hasta la fecha podía requerir la práctica casacional[2]”.
En mi opinión, los nuevos casacionistas deberían reunir tres características:
1) Dominio de la técnica casacional: a fin de cuentas, los abogados y clientes finales van a contratar sus servicios para orientarse por los pasadizos.
2) Redacción jurídica de alto nivel: Con un límite de espacio de 25 folios, la claridad de ideas y el uso de un estilo de redacción breve, directo y preciso van a ser casi tan importantes como el conocimiento del Derecho.
3) Cercanía: El casacionista ya no puede trabajar en una torre de marfil. Necesita estar presente en las redes sociales y tener acceso fácil a los abogados y clientes que puedan necesitar su ayuda con urgencia.
Los eventos en los que he participado recientemente y a los que me refería al inicio de este artículo están relacionados con estos tres campos.
De sarao en sarao.
En primer lugar, en mayo tuve el privilegio de participar en el Open de Arbitraje de Madrid, que ya se ha convertido en una referencia internacional para los profesionales de este sector. La mesa redonda, organizada por Linklaters, trataba sobre habilidades forenses de los abogados. Entre otras materias, charlamos sobre diferentes técnicas para conseguir que nuestros escritos sean más potentes y persuasivos.
Allí pude aprender de los mejores, de personas de la talla profesional de Francisco Málaga (socio de Linklaters), Manuel Conthe (árbitro y ex presidente de la CNMV), Laura Cózar (directora de Accuracy y perito especialista en infraestructuras y energía) y David M. Orta (socio de Quinn Emmanuel en la oficina de Washington).
En segundo lugar, la semana pasada impartí un curso de expresión escrita para abogados organizado por la editorial Thomson Reuters Aranzadi. En esta línea de trabajo colaboro con Ricardo Jiménez, que es doctor en lingüística, profesor en la facultad de Derecho de la UIC y autor del manual Escribir bien es de justicia. En estos talleres puedo compartir experiencias de tribunales con otros colegas y me sirven para no olvidar que podemos disfrutar con la escritura.
En tercer lugar, estos últimos días también he estado volcado en la preparación del webinar que daré mañana (jueves 14 de junio) sobre cómo evitar los 10 errores más frecuentes en casación. En él analizaremos algunas claves para sortear esos escollos de los que hablaba Díez-Picazo y echar las primeras carreras por el laberinto.
El número de inscripciones está siendo un éxito y se han superado las previsiones más optimistas. Espero estar a la altura de vuestras expectativas. El que quiera, aún está a tiempo de apuntarse en este enlace. Quién me iba a decir que un chico analógico y de provincias como yo iba a dar un webinar, oiga…
Por último, hace unos días Luisja Sánchez tuvo la amabilidad de entrevistarme en las páginas de Confilegal. Allí pude exponer mi idea sobre los nuevos casacionistas. Os dejo aquí la entrevista completa porque, como veréis, en ella trato con más detalle algunas de las cuestiones que acabamos de comentar.
Por Luisja Sánchez.
Cada año se presentan cuatro mil recursos de casación civil y de estos se admiten un treinta por ciento. Desde la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil del 2000 se hacen a través de las Audiencias Provinciales. Un recurso de casación no es una nueva apelación requiere un enfoque diferente y conocer la técnica casacional adecuada. Los despachos españoles ya siguen la tendencia de sus colegas en EEUU y muchos de ellos disponen de especialistas en este tipo de recursos complejos. No siempre el mejor abogado en sala es el mejor casacionista.
En EEUU existe la figura del apellate attorney, abogado especialista en recursos complejos “los abogados de recursos actuales tienen otro perfil que los primeros casacionistas. Son más visibles y tiene más presencia en redes sociales. En mi caso, estoy abierto a ayudar a otros compañeros abogados en la preparación de estos recursos de casación”, explica Pablo Franquet, abogado de Jausas, es especialista en recursos complejos, conoce bien los entresijos de los nuevos recursos de casación.
Este abogado que se formó en EEUU ha hecho de su blog litigiodeautor muy consultado por estas cuestiones. Si hace año y medio se modificaba el contencioso administrativo, ahora la Sala Primera, Civil, también ha entrado en nuevos criterios de admisión desde febrero del pasado año. “Esto lo que hace es que uno de cada tres recursos sean admitidos por la propia Sala”, explica este abogado.
Nuestro experto forma equipo con el profesor de la Universidad Internacional de Catalunya, Ricardo Jiménez, lingüista y organizan periódicamente con el apoyo de la editorial Thomson Reuters diferentes talleres de redacción para abogados. Acaba de participar en el Open de Arbitraje organizado por la Asociación Europea de Arbitraje en una mesa redonda donde se hablaba de las habilidades del abogado a nivel de redacción “No podemos olvidar que los abogados escribimos para ganar”, aclara.
El propio despacho JAUSAS, se aprovecha de la experiencia de este abogado y ha abierto un servicio de casación a disposición de clientes finales y otros abogados. “El recurso de casación, a diferencia del de apelación tiene una serie de formalismos que se deben conocer. Hay una serie de líneas rojas que no debes traspasar porque de lo contrario la admisión a trámite del recurso es compleja”, indica Franquet.
Cuidado con traspasar estas líneas rojas
Sobre esas líneas rojas, concreta indicando que “lo primero hay que saber diferenciar el recurso extraordinario por infracción procesal que sirve para denunciar los defectos de forma de la sentencia de apelación, y luego el recurso de casación donde el abogado denuncia una indebida aplicación del derecho. En este recurso es esencial conocer respetar la base fáctica de la sentencia de apelación. Los hechos probados no deben tocarse, lo que sí puede hacer un casacionista es la valoración jurídica de esos hechos”, aclara.
Otra línea roja señala que “tienes que identificar muy bien la norma, el precepto o el artículo que consideras que ha infringido la sentencia de apelación. En los criterios orientadores que sacó en su día el Tribunal Supremo se lamentaba de la calidad técnica de los recursos que recibe habitualmente. Un déficit técnico habitual es hacer citas indiscriminadas de normas, lo que genera confusión al dar por vulnerados varios preceptos que a veces son genéricos”.
A juicio de este letrado “debes tener un ojo clínico para identificar el caso que te plantea un cliente para detectar el problema jurídico que pueda resultar de interés para el propio Tribunal Supremo. De hecho, los recursos se admiten a trámite o no y se ganan o se pierden si realmente has sabido plantear las cuestiones correctas, y a veces un abogado generalista no sabe indentificar ese problema jurídico que quiera el Tribunal Supremo entrar a resolver, bien porque es una novedad o porque supone un cambio de doctrina en alguna materia”.
De hecho considera que “en muchas ocasiones el abogado que ha presentado el caso en primera instancia, está tan imbuido en el caso y en las pruebas que no le permite tener distancia con el caso para identificar dentro de la controversia cuáles son las cuestiones de más interés para el Tribunal Supremo”.
Sobre los nuevos criterios de admisión resalta que “introduce dos grandes novedades respecto a los criterios del 2011, el primero habla de recomendaciones de estilo que al final son de obligado cumplimiento para que tu escrito se admitido. Hay que darse cuenta que la casación es el arte de la claridad y se debe ser muy concreto tanto a la hora de enfocar el tema como en la propia redacción final”.
Y el segundo gran cambio es que “se ha reducido sustancialmente la capacidad de revisión de la valoración de prueba que había en la sentencia de apelación. Ha pasado desapercibido. Antes podías cuestionar la valoración de prueba de la AP cuando entendías que era arbitraria o absurda, ahora el Supremo solo permite cuestionarla cuando hay un error patente o de hecho y fácilmente contrastable”.
Redacción jurídica de alta precisión
La redacción jurídica de estos recursos “debe ser de alta precisión. La casación implica una terminología propia, tiene su jerga que se debe conocer. Hay que ser algo sofisticado. Realmente la casación es oratoria por escrito”. Sobre la estructura del escrito, ahora hay que ser más concreto “hay una primera parte de explicación de los antecedentes procesales del caso, donde hay que explicar a la Sala Civil los datos relevantes que han ocurrido en la historia procesal del caso para que entiendan bien el porqué de ese recurso de casación”.
Y sobre el recurso de casación “puede tener una o dos partes, en función de si articulas el recurso extraordinario de infracción procesal y el de casación, o solo la casación. Es un escrito que debe estar dividido en motivos, no en alegaciones como otros recursos. Es muy importante los encabezamientos de cada motivo. En los primeros pasos de cada motivo debes ser capaz de sintetizar el problema jurídico que planteas, la norma de derecho a aplicar y definir de forma concreta el argumento jurídico que se desarrolla a continuación”.
Franquet recuerda que “tenemos un espacio concreto de 25 folios para preparar el recurso. Es muy importante la estructura y saber sintetizar lo más importante. Cada denuncia que se plantee debe ser un motivo específico que debe tener una estructura de dos niveles. En el primer nivel, hay que dar a la sala civil de forma resumida las claves de ese motivo o denuncia: cuál es la norma o jurisprudencia infringida, cuál es la regla de Derecho que el tribunal debe dar y luego un resumen de tu argumento”.
Nuestro interlocutor recuerda que el recurso sigue siendo el mismo, lo que se ha actualizado son los criterios de admisión “el recurso de casación es un recurso extraordinario y tiene una fase previa de admisión. Y si se admita a trámite luego lo resuelve. Aun no los están exigiendo porque los asuntos que resuelven son anteriores a dicho cambios de criterios”.
“En algún caso la Sala Civil ha inadmitido ya un recurso por déficit en la técnica casacional y falta de claridad reprochando que el escrito excedía mucho la dimensión de 25 páginas que se pide”.
* Foto de inicio: Cartel de la película El corredor del laberinto, dirigida por Wes Ball.
[1] Díez-Picazo Giménez, I., “Sobre los nuevos criterios de admisión de la casación civil”, Actualidad Jurídica Aranzadi nº 835/2012.
[2] Martín Martín, Ignacio. “La abogacía ante la nueva casación: Excelencia o fracaso. La reforma como desafío y oportunidad”. En “Estudios sobre el Nuevo Recurso de Casación Cotencioso-Administrativo (Coords. Cazorla Prieto, L.M. y Cancio Fernández, R.C.), Ed. Thomson Reuters Aranzadi (2017).
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